Una llaga en el cuerpo de la humanidad
La inmigración ilegal es un fenómeno que se desarrolla en el ámbito de lo invisible y es ahí donde las redes, las mafias hacen su negocio. No solo trasladan personas para su entrada y estancia en un determinado país, también trasladan personas, fundamentalmente mujeres y niñas para ser objeto de trata.
Según el Manual para parlamentarios de Unicef, del año 2009, la trata de personas es un negocio ilícito que en algunos casos aprovecha las corrientes migratorias internacionales.
La ilegalidad en que se mueve el negocio de la inmigración con fines de explotación fuerza a sus responsables a moverse en más absoluta clandestinidad e impide que se pueda tener un conocimiento fiable del volumen de personas implicadas en él y de la evolución que sufre. Así, según estimaciones de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en Europa, solo se detecta una de cada veinte potenciales víctimas de trata con fines de explotación sexual.
Pese a la dificultad de cuantificar el fenómeno de la trata, el Foro de Viena (Foro de Naciones Unidas para Combatir la Trata de Personas se llevó a cabo los pasados días 13, 14 y 15 de febrero de 2013 en Viena) nos indica que 1,2 millones de menores son víctimas de trata infantil cada año. Las edades de las víctimas oscilan entre los 18 y los 24 años.
El 95 por ciento de las víctimas sufre violencia física o sexual y el 43 por ciento del total de víctimas (en su mayoría mujeres) es forzada a la prostitución.
De los 2,5 millones de víctimas de trata, unas 250.000, o sea el 10 por ciento, proceden de América Latina y 1,4 millones, el 56 por ciento, de Asia. Ciento sesentaiún países en el mundo están afectados por el problema de trata de personas.
La trata mueve 31.700 millones de dólares al año. De este total, 1.300 millones se generan en América Latina, aunque la mayor parte del negocio se encuentra en los países industrializados, con 15.500 millones de dólares, es decir, el 49 por ciento del total calculado. Asia y el Pacífico generan 9.700 millones dólares al año, Oriente Medio y el Magreb 1.500 millones.
LA LEY ANTE ESTA REALIDAD
La preocupación por el fenómeno de la trata y la inmigración ilegal viene de lejos. Así, la Asamblea General de Naciones Unidas (Resolución 55/25, de 15 de noviembre de 2000) aprobó el protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños y el protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire que complementan la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional –denominados Protocolos de Palermo por haber sido abiertos a la firma en la conferencia política de alto nivel que se celebró en esa ciudad italiana en el año 2000–.
De esta forma, el Derecho Internacional ha distinguido dos entidades criminológicas que, aunque tienen por objeto común el desplazamiento, migración o movimiento territorial de personas, deben ser perfectamente diferenciadas, la trata de seres humanos y el contrabando de migrantes.
Los tipos definidos en uno y otro protocolo son especies perfectamente delimitadas de un género común. Ambos son delitos de tráfico de personas por cuanto exigen circulación o movimiento territorial por cualquier procedimiento de transporte. En el caso del delito de trata la ilicitud deriva de la utilización de determinados medios tendentes a la explotación, en el caso del contrabando de inmigrantes la ilicitud está vinculada a la introducción ilegal de la persona en un Estado del que no es nacional.
El delito de trata de seres humanos persigue la protección de la dignidad de la víctima a quienes los tratantes –desconociendo su condición humana– pretenden privarle de su misma personalidad siendo, por tanto, un ataque grave a los derechos humanos. El delito de contrabando persigue proteger el interés del Estado en el control de los flujos migratorios.
En la Unión Europea se han dictado, también, instrumentos normativos dirigidos a combatir la trata de seres humanos: el Convenio del Consejo de Europa núm. 197 sobre la lucha contra la trata de seres humanos (ratificado por España el día 23 de febrero de 2009) y la Directiva 2011/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 abril de 2011 que establece el marco mínimo regulatorio para los Estados miembros.
Por su parte, el artículo 5.3 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (Niza, 2000) expresamente prohíbe la trata de seres humanos por razón de constituir uno de los atentados más graves contra la dignidad del ser humano, al mismo nivel que la esclavitud, la servidumbre y los trabajos forzados.
LA IGLESIA ANTE ESTA REALIDAD
“El tráfico de seres humanos es una llaga en el cuerpo de la humanidad contemporánea, una llaga en la carne de Cristo. Es un delito contra la Humanidad” (Papa Francisco, Ciudad del Vaticano, 10 de abril de 2014).
La sensibilidad de la Iglesia ante este fenómeno es inigualable desde cualquier perspectiva. Así no solo distintos Papas se han pronunciado sobre esta cuestión sino que numerosas congregaciones religiosas tienen en su carisma el compromiso por personas en situación de prostitución-exclusión lo que les permite estar en contacto con las víctimas para asistirlas. En España existen más de 30 proyectos de apoyo integral a mujeres víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación principalmente en la prostitución, servicio doméstico, matrimonios forzados y servicios en condiciones de esclavitud.
En el año 2007, el Pontificio Consejo para emigrantes e itinerantes publicó unas orientaciones para la Pastoral de la Carretera, en la que hace especial referencia al tráfico de seres humanos. Ese mismo año el Comité de Migración de la Conferencia de Obispos Católicos de Estados Unidos denunció como crimen cualquier forma de trata.
Además de la voz presente de los Papas, Conferencias Episcopales e instituciones religiosas, la Iglesia sostiene a través de sus instrumentos y personas un compromiso directo de trabajo de intervención directa, de incidencia política, de sensibilización y de análisis ante esta realidad.
La Iglesia, por tanto, se ha posicionado y seguirá haciéndolo a favor de las víctimas, sostiene que el fenómeno globalizado de la trata es una gravísima violación de los derechos humanos, que reduce al ser humano, creado a imagen y semejanza de Dios, a un estado de servidumbre y esclavitud.
La Iglesia hoy más que nunca denuncia que las medidas establecidas de protección y asistencia a las víctimas son todavía insuficientes para garantizar el respeto de sus derechos. Que la información y la toma de conciencia sobre la realidad de la trata y de sus víctimas es muy limitada. Que las políticas públicas no proporcionan siempre respuestas adecuadas a la realidad de las víctimas y no actúan sobre las causas estructurales del fenómeno de la trata y que la coordinación con los demás actores involucrados es muchas veces escasa y no efectiva.
Junto con la denuncia, la Iglesia interviene, por considerarlo fundamental, a través de acciones concretas de sensibilización. Así, el Grupo Intereclesial de España (Grupo de Trabajo, fundado en año 2010, contra la Trata integrado por Cáritas, Confer, Cruz Blanca, Departamento de Migración de la Conferencia Episcopal Española y Justicia y Paz) ha elaborado una “Guía Didáctica (en línea a través del enlace: nadiesinfuturo.org/especiales/01-trata-de-personas/materiales-para-sesibilización-i/article/guia-didactica-trata-de-mujeres-i)” como programa educativo con el fin de concienciar sobre esta realidad a alumnos, padres, educadores y colaboradores.
Hace tan solo unos meses, las Pontificas Academias de las Ciencias declararon que “cada ser humano es una persona libre, sea hombre, mujer, niña o niño y está destinado a existir para alcanzar el bien de todos en igualdad y fraternidad. Tenemos el imperativo moral de lograr que nuestra generación sea la última que deba combatir el comercio de vidas humanas”.
Esto nos invita a acoger la voz de la Iglesia y mantener un compromiso firme y contundente de lucha contra la trata desenmascarando las causas que propician que sea la Esclavitud del siglo XXI.